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La construcción de un nuevo orden económico internacional y el papel de los países en desarrollo. Una visión desde Cuba

Otros autores: Emb. Pedro Luis Pedroso Cuesta, Subdirector General de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba
octubre 15, 2025   0
Intervención Especial del Emb. Pedro Luis Pedroso Cuesta, Subdirector General de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, en la X Conferencia de Estudios Estratégicos. Universidad de La Habana, 2 de octubre de 2025.

La conceptualización sobre un nuevo orden económico internacional surgió como respuesta al orden económico internacional emergido en Bretton Woods después de la segunda guerra mundial. Los nuevos Estados independientes que surgieron del proceso de descolonización y emancipación de territorios antes dependientes de las potencias imperialistas, se encontraron ante un orden económico en cuya creación no habían participado y que reproducía en una escala todavía mayor las relaciones de desigualdad y subordinación del sistema colonial.

Es decir, el NOEI surge como necesidad y de la aspiración de los nuevos Estados independientes de un orden económico internacional justo, que garantizara la igualdad soberana y el desarrollo de sus naciones, sin ataduras a los centros internacionales de poder militar, político y económico.

Los fundamentos del Nuevo Orden Económico Internacional aparecen inicialmente esbozados en la Declaración sobre la Promoción de la Paz Mundial y la Cooperación, adoptada en la Conferencia Afro-Asiática en Bandung[1], Indonesia, en abril de 1955, que fue el primer evento entre regiones del Sur y antecedente directo de la fundación del Movimiento de Países No Alineados. Los diez Principios de Bandung contribuyeron a definir referentes para un modelo alternativo de relaciones económicas internacionales, con el fin de eliminar la brecha entre los países del Norte y los del Sur.  

Con posterioridad, la adopción en diciembre de 1961 por la Asamblea General de las Naciones Unidas de la Resolución 1720 (XVI), que declaró el primer decenio del desarrollo y el programa de cooperación económica internacional; la primera Conferencia Internacional sobre Comercio y Desarrollo, que dio lugar a la UNCTAD en 1964, y de cuyo seno nació el Grupo de los 77, así como el establecimiento de la ONUDI en 1966, entre otros, fueron procesos que permitieron profundizar en una visión diferente sobre el ordenamiento económico internacional, que maduró en la declaración política aprobada en la Cuarta Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, celebrada en Argel del 5 al 9 de septiembre de 1973, en la que se invitó al Secretario General de las Naciones Unidas[2] a convocar el sexto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, que se dedicaría a considerar la problemática del desarrollo y la cooperación económica internacional.

El 30 de abril de 1974, 94 Estados miembros (en nombre del MNOAL) presentaron a la Comisión ad-hoc del período extraordinario de sesiones un proyecto de resolución conjunto titulado “Declaración sobre el establecimiento de un nuevo orden económico internacional” (A/AC.166/L.47). Ese mismo día, esos Estados miembros presentaron también otro proyecto de resolución conjunto sobre un Programa de acción sobre el establecimiento de un nuevo orden económico internacional (A/AC.166/L.48). El 1 de mayo de 1974, los proyectos de resolución fueron aprobados sin votación como resoluciones de la Asamblea General 3201 (S-VI) y 3202 (S-VI).

Estas resoluciones constituyeron el núcleo del proyecto del Nuevo Orden Económico Internacional. Configuraron la base de reivindicaciones de los países del Tercer Mundo en relación con el orden expoliador vigente. La formulación del NOEI constituyó un hito en la lucha de los países del Sur por la justicia económica internacional.

El texto de la referida Declaración señala:

Los países en desarrollo, que constituyen el 70 por ciento de la población mundial, reciben únicamente el 30 por ciento de los ingresos mundiales. Ha resultado imposible lograr un desarrollo uniforme y equilibrado de la comunidad internacional con el actual orden económico. La disparidad entre los países desarrollados y los países en desarrollo continúa aumentando, en un mundo regido por un sistema que se estableció en una época en que la mayoría de los países en desarrollo ni siquiera existían como Estados independientes y que perpetúa la desigualdad.

La Declaración subrayó que el Nuevo Orden Económico Internacional debía basarse en los principios de igualdad soberana de los Estados; libre determinación de los pueblos; la inadmisibilidad de la adquisición de territorios por la fuerza; la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados; el derecho de cada país a adoptar el sistema económico y social que considere más apropiado para su propio desarrollo, sin sufrir ninguna discriminación como consecuencia de ello; la más amplia cooperación internacional entre todos los Estados, basada en la equidad y que permita eliminar las disparidades existentes en el mundo y asegurar la prosperidad de todos; el derecho a la participación plena y efectiva de todos en la solución de problemas de tipo económico, la no discriminación, el respeto a la integridad territorial, el derecho al control directo de los recursos naturales y la reglamentación y supervisión de las actividades de las empresas transnacionales, entre otros importantes principios.

La implementación de las medidas del Programa de Acción fue una de las principales preocupaciones del MNOAL y del Grupo de los 77, que impulsaron proyectos para la integración económica y la cooperación en el área del comercio como Fondo de Solidaridad para el Desarrollo Económico y Social, el Fondo de Productos Básicos y el Sistema Generalizado de Preferencias Comerciales.

Otro paso significativo en el camino hacia la creación del NOEI tuvo lugar 12 de diciembre de 1974, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, con base en la Resolución 3281 (XXIX), la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, resultado del informe del Grupo de Trabajo formado por 40 representantes gubernamentales que, desde 1973, se abocó a la elaboración del texto de la Carta[3].

La Carta, que se estructuró en cuatro capítulos y 34 artículos, se refiere a una amplia variedad de asuntos[4].

El primer capítulo refrendó los principios fundamentales de las relaciones internacionales que fueron esbozados en la Declaración sobre el NOEI, y añadió otros como la abstención de todo intento de buscar hegemonía y esferas de influencia, y el libre acceso al mar y desde el mar para los países sin litoral.

La Carta reconoce el derecho a elegir el sistema económico, político, cultural y social que a cada pueblo convenga; el derecho a los recursos naturales; a reglamentar y ejercer autoridad sobre las inversiones extranjeras dentro de la jurisdicción interna; a nacionalizar, expropiar o transferir los bienes extranjeros; a asociarse en organizaciones de productores de materias primas; a participar en la adopción de decisiones para la solución de problemas económicos, financieros y monetarios mundiales; a beneficiarse de los avances y el desarrollo de la ciencia y la tecnología para acelerar el desarrollo; a eliminar, individual y colectivamente, el colonialismo, el apartheid, la discriminación racial, el neocolonialismo y otras formas de agresión.

Paralelamente, entre los deberes de los Estados se estableció el de información y consulta para la explotación de los recursos naturales compartidos; la responsabilidad de todo Estado de promover el desarrollo económico, cultural y social de su pueblo; el deber de cooperar para facilitar las relaciones económicas internacionales, para promover el desarrollo económico, social, cultural, científico y tecnológico en el mundo y entre los países en desarrollo; mejorar la eficacia de las organizaciones internacionales; lograr una expansión del comercio mundial en mejores condiciones; promover el desarme general y eliminar toda forma de discriminación racial.

Especialmente, se señala el deber de los países desarrollados de mejorar y ampliar el sistema de preferencias arancelarias, y conceder trato preferencial generalizado a los países en desarrollo; el deber de afianzar su cooperación económica, su comercio mutuo, debiendo conducirse en sus relaciones económicas, de manera respetuosa a los intereses de los demás; el deber de los desarrollados de ayudar a los menos adelantados, a los países en desarrollo sin litoral y también a los insulares, para que alcancen un desarrollo justo; el deber de todos los Estados de coexistir pacíficamente.

La propuesta de establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional exigía la creación de un orden humano y verdaderamente justo, inclusivo, sostenible y estable, capaz de proporcionar beneficios para todos sus participantes.

El NOEI reafirma los principios y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas, profundizados mediante la promoción de la política de coexistencia pacífica activa del MNOAL. Sus postulados enfatizan claramente que el NOEI permitiría un desarrollo económico equilibrado, y la superación del vetusto modelo de relaciones que ha dado lugar a la dependencia y el empobrecimiento (aún existentes) de los países en desarrollo.

Sin embargo, el NOEI nunca llegó a instrumentarse. Lo frustraron los países capitalistas desarrollados, que cercenaron la capacidad de las Naciones Unidas para aplicarlo e impidieron la implementación de las medidas previstas en el Programa de Acción, con el fin de asegurar el sostenimiento del injusto orden económico internacional que les favorece. En su lugar, se entronizaron las corrientes neoliberales, promoviéndose un mundo hiperglobalizado en el que la iniciativa privada, la demonización del Estado como actor y regulador económico, la competencia y la inversión se convirtieron en los nuevos derroteros para retomar la senda del crecimiento y el desarrollo económico.

A pesar de tan complejo escenario, no se puede desconocer el importantísimo papel desempeñado por el Grupo de los 77 y el MNOAL en las Naciones Unidas como principales impulsores de la Cooperación Técnica y Económica entre países en desarrollo, otro ámbito de la cooperación concebida en el NOEI, que a partir de la complementariedad permitía mantener la vitalidad de una agenda orientada a impulsar un mayor desarrollo de los países subdesarrollados.

Desde el propio inicio del proceso revolucionario, Cuba ha hecho una importante contribución a la defensa, promoción y preservación de la lucha por un nuevo orden económico internacional.

Tan temprano como en 1960, al dirigirse a la Asamblea General de las Naciones Unidas, el líder de la Revolución estableció un paralelismo entre los problemas enfrentados por el pueblo cubano y aquellos comunes al Tercer Mundo, cuando explicó las razones que llevaron a la Primera Declaración de La Habana. Allí apuntó que, si se resolvían los desequilibrios al interior cada país, ello podría tener un impacto estructural a nivel global.

El inicio de la epopeya internacionalista cubana, con el envío de la primera brigada médica a Argelia en 1963, que se extendió y multiplicó en la medida que avanzó la Revolución y es hoy parte de nuestra política exterior, demostró en términos prácticos que es posible un nuevo tipo de cooperación internacional para el desarrollo, que es uno de los fundamentos del NOEI. 

Cuba también jugó un destacado papel en las negociaciones que llevaron a la adopción de la Declaración y el Programa de Acción para el establecimiento del NOEI.

En 1979 La Habana acogió la VI Conferencia Cumbre del Movimiento de Países No Alineados, cuya agenda económica reflejaba entre sus prioridades la evaluación del carácter injusto del sistema económico internacional vigente y de las características de aquella etapa de la crisis económica capitalista; los problemas de los países subdesarrollados para su industrialización y redespliegue industrial; el carácter nocivo de las empresas transnacionales y su papel como instrumento de política exterior del imperialismo; el fracaso en los intentos de reformar el sistema monetario internacional y la lucha por el establecimiento del Nuevo Orden Económico Internacional, con lo cual Cuba demostró que continuaba liderando los esfuerzos por avanzar en ese objetivo preterido de los países del Tercer Mundo.

Al informar a la Asamblea General de la ONU sobre los resultados de la Cumbre, Fidel expresó: 

“Somos 95 países de todos los continentes, que representan la inmensa mayoría de la humanidad (…) Estamos asociados en el empeño por cambiar el actual sistema de relaciones internacionales, basado en la injusticia, la desigualdad y la opresión. Actuamos en política internacional como un factor global independiente”.

En el epílogo de su libro “La crisis económica y social del mundo, que constituyó una documentada y exuberante radiografía de la situación económica mundial hasta 1983 y sus repercusiones en los países subdesarrollados, presentado a modo de informe de la presidencia cubana a la VII Cumbre del Movimiento en Delhi, el Comandante en Jefe delineó toda una plataforma de acción para los países del Tercer Mundo, que mantiene plena vigencia y reafirma nuestra convicción sobre la necesidad del NOEI.

A partir de la explosión de la crisis de la deuda externa, el liderazgo personal de Fidel para articular un movimiento de países deudores en los años que siguieron, fue también una importantísima contribución para la movilización de la consciencia social, las fuerzas progresistas y gobiernos en favor de la cancelación de la deuda para el gran número de países que no tenían la posibilidad de pagarla.

La primera reunión de Jefes de Estado o Gobierno del Grupo de los 77, conocida como la I Cumbre Sur, se celebró entre el 10 y el 14 de abril del año 2000 en La Habana, fue otra contribución significativa de Cuba para potenciar el liderazgo del Grupo contra el proceso de globalización neoliberal que para entonces se había extendido en el mundo.

Al caracterizar la globalización en su discurso a la Cumbre, Fidel expresó:

“Durante décadas al tercer mundo se le ha repetido un discurso simplista y único, y se le ha impuesto una única política. Se nos ha asegurado que el mercado sin regulación, la privatización máxima y la retirada del Estado de la actividad económica, eran los principios infalibles para alcanzar el desarrollo económico y social. Siguiendo esos principios, los países desarrollados, y en especial los Estados Unidos, las grandes transnacionales beneficiarias esa política y el FMI, diseñaron en las dos últimas décadas el orden económico mundial más hostil para el progreso de nuestros países, y también el más insostenible para el mantenimiento de la vida en términos sociales y ambientales”.

“La globalización fue encerrada en la camisa de fuerza del neoliberalismo, y como tal tiende a globalizar no el desarrollo, sino la pobreza; no el respeto a la soberanía nacional de nuestros Estados, sino su violación; no la solidaridad entre los pueblos, sino el sálvese quien pueda en medio de desigual competencia en el mercado

De la Cumbre resultaron la Declaración y el Programa de Acción de La Habana, que le dieron al G77 una visión para el futuro y una plataforma orientada a la acción, en particular para rescatar e impulsar la cooperación sur-sur.

Asimismo, la exitosa celebración en Cuba de la XIV Conferencia Cumbre del MNOAL en septiembre de 2006, marcó una pauta para el relanzamiento del Movimiento en el plano multilateral, que permitió enfrentar de manera más efectiva los retos que imponía la unipolaridad en las relaciones internacionales y pasar a una acción proactiva en defensa del multilateralismo y de las principales prioridades de los países no alineados.

En 2008, en el contexto de la nueva crisis financiera que golpeó al mundo desde año precedente y de la supuesta «guerra contra el terrorismo» liderada por Estados Unidos, Cuba volvió a enarbolar la bandera del Nuevo Orden Económico Internacional.

Por 123 votos a favor, y con el único voto en contra de los Estados Unidos, las Naciones Unidas adoptó la primera resolución que daría continuidad a los esfuerzos lanzados por la comunidad internacional en 1974, la resolución 63/224, titulada Hacia un Nuevo Orden Económico Internacional.

Desde entonces Cuba, primero anualmente y ahora de manera bienal, presenta y coordina a nombre del G-77 esta resolución de la Asamblea General.

El más reciente texto sobre esta cuestión, la resolución 79/215 de 2024, que conmemora el 50º aniversario de los principios enunciados en la Declaración y el Programa de Acción sobre el NOEI, constituye un texto de mayor elaboración que también se nutrió de los progresos alcanzados por la presidencia cubana del Grupo de los 77 durante el año 2023, el cual reconoce la evolución del tema y remarca la prioridad de su atención. 

De nuevo 133 naciones apoyaron esta resolución, solo 2 se abstuvieron y 51 pasaron a oponerse junto a Estados Unidos.

Los resultados alcanzados durante la presidencia cubana del Grupo de los 77 en el año 2023, especialmente la conformación de sólidas posiciones sustantivas para procesos de connotada importancia multilateral, como la reforma de la arquitectura financiera internacional, el inicio de la preparación de la Cumbre del Futuro efectuada un año después, la celebración en La Habana de la Cumbre del G77 dedicada a examinar el papel de la ciencia, la tecnología y la innovación en 2023, la preparación del documento final de la III Cumbre Sur en Kampala, así como la primera Cumbre del G77 en el marco de una conferencia climática organizada por Cuba durante la COP28 en Dubai, constituyeron un tributo y renovación de los esfuerzos para vigorizar la lucha en favor del establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional.

En igual sentido, el II Congreso Internacional sobre los desequilibrios del mundo, las urgencias de paz y el desarrollo y la necesidad de un Nuevo Orden Económico Internacional, efectuada en La Habana en abril de 2024 fue una inspiradora acción para rescatar y actualizar el reclamo por un nuevo orden internacional que igualmente atienda los retos que plantean los temas emergentes como resultado de la nueva revolución industrial desde la tecnología digital y la inteligencia artificial, así como el colapso ambiental, que definen las condiciones actuales de desarrollo, especialmente para el Sur global.

Tanto más que ayer, hoy se requiere una total refundación de las instituciones que rigen el funcionamiento de la economía mundial y determinan el sistema de gobernabilidad global, para dar paso a la equidad, la no discriminación y la lucha por el bien común. La implementación del Nuevo Orden Económico Internacional continúa siendo una deuda pendiente con nuestros pueblos y para la salvación de la humanidad.

Muchas gracias.


[1] Los diez Principios de Bandung incluyen: respeto a los derechos humanos fundamentales, respeto a la soberanía e integridad territorial de todas las naciones, reconocimiento de la igualdad de todas las razas y la igualdad de todas las naciones grandes y pequeñas, abstención de intervención o interferencia en los asuntos internos de otros países, respeto al derecho de cada nación a defenderse individual o colectivamente, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas (que presupone abstenerse de utilizar acuerdos de defensa colectiva que sirvan a los intereses especiales de las grandes potencias y abstenerse de ejercer presión sobre otros países), abstenerse de actos o amenazas de agresión, resolver todas las disputas internacionales por medios pacíficos, así como promover los intereses comunes, la cooperación y el respeto por la justicia y las obligaciones internacionales.

[2] Entonces el austríaco Kurt Waldheim.

[3] Al fomentar la cooperación basada en el beneficio mutuo, la Carta promovió varios principios que habían sido esbozados en la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional relativos a las Relaciones de Amistad y la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, adoptada por la Asamblea General mediante la Resolución 2625 (XXV) del 24 de octubre de 1970.

[4] El conflicto entre países desarrollados y en desarrollo, durante su adopción, se manifestó particularmente en la resolución de controversias para otorgar indemnizaciones por bienes extranjeros expropiados y la elección del derecho aplicable.


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